POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DE EQUIPOS TECNICOS Y LOGISTICOS S.A. – EQUITEL S.A.
En cumplimiento a lo estipulado en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y la Ley 1266 de 2008, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales” y sus decretos reglamentarios, EQUITEL S.A., en calidad de responsable del tratamiento de los datos personales de sus clientes, proveedores e integrantes adopta las siguientes políticas y procedimientos para garantizar que la recolección y tratamiento de datos personales que hace se ajuste a las disposiciones legales vigentes.
CAPITULO I. – DISPOSICIONES GENERALES
Para un mejor entendimiento de la presente política, es importante conocer las siguientes definiciones:
- a) Autorización: consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
- b) Dato personal: Conjunto organizado de datos que sea objeto del Tratamiento; naturales determinadas o determinables:
- d) Encargado de Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio de otros, realice en Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
- e) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
- f) Titular: Persona natural o jurídica cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
- g) Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
- h) Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Representante, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
- i) Dato público: Es el dato que no sea semiprivado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
- j) Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos.
Artículo 1. Ámbito de aplicación. Este documento aplica para el tratamiento de los datos personales que obtenga y administre EQUITEL S.A., de sus clientes, proveedores, integrantes, entre otros., en su calidad de centralizador y administrador de todas sus bases de datos.
Artículo 2. Objeto. Tiene como objeto proteger y garantizar los datos que EQUITEL S.A., recolecte, almacene, custodie, procese, circule, transmita o transfiera en virtud de las autorizaciones proporcionadas de manera previa, expresa e informada.
Artículo 3. Fines del tratamiento de datos. EQUITEL S.A., informa que tratara los datos personales recolectados conforme a las siguientes finalidades de carácter general:
- Para cumplir con las obligaciones derivadas de los contratos comerciales y demás negocios jurídicos que celebre;
- Para la gestión integral del programa de lealtad de los clientes de las unidades de la empresa EQUITEL S.A., bien sea que este sea administrativo directamente o a través de terceros, lo cual podrá implicar la transmisión o transferencia segura de los datos personales que sean pertinentes y necesarios para dicha gestión, cumpliendo con los requisitos legales correspondientes.
- Para realizar actividades de inteligencia de negocios, prospectiva de clientes o suscriptores; tendencias e investigaciones de mercado, seguimiento de perfiles, trazabilidad de patrones y comportamiento de consumo, analítica de datos, desarrollo de inteligencia artificial, ejecución de actividades de mercadeo y relacionamiento, trazabilidad de comportamientos en nuestros portales web y aplicaciones así como en los diferentes dispositivos electrónicos que lo permitan, con el fin de mejorar la experiencia de nuestros clientes y usuarios.
- Para comunicarte información acerca de nuestros bienes, servicios, publicaciones, eventos de capacitación, actividades comerciales, ofertas, promociones, alianzas y publicidad asociada a nuestra actividad empresarial, sea que se realice de manera directa o a través de terceros, de conformidad con los términos que nos autoricen al momento de proporcionar los datos personales.
- Para el cumplimiento de las obligaciones legales que EQUITEL S.A., tiene como empleador, ejecutar actividades orientadas a la mejora del clima laboral, a la formación y bienestar de sus integrantes, a la gestión de riesgos asociados a sus labores y a la ejecución de medidas pertinentes.
Artículo 4. Principios para el Tratamiento de datos personales. EQUITEL S.A., en el desarrollo, interpretación y aplicación de la presente política, aplicará, de manera armónica e integral, a los siguientes principios:
- Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen; ;
- Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular
- Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento
- Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;;
- Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan
- Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley;
Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley
- Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulentos
- Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma
CAPITULO II – AUTORIZACIÓN
Artículo 5. Autorización. La recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de datos personales por parte de EQUITEL S.A. requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del titular de los mismos. EQUITEL S.A., en su condición de responsable del tratamiento de datos personales contenidos en sus bases de datos, ha dispuesto de los mecanismos necesarios para obtener la autorización de los titulares garantizando en todo caso que sea posible verificar el otorgamiento de dicha autorización y que la misma informe los derechos que le asisten como titular, los mecanismos que tenemos dispuestos para garantizar el ejercicio de dichos derechos, y los canales de acceso a esta Política de Privacidad.
Conforme lo permita la Ley y la Autorización del Titular, EQUITEL S.A., puede realizar actualizaciones de datos y cruce de información entre las diferentes unidades de gestión administrativa, comercial y financiera de las empresas de la ORGANIZACIÓN EQUITEL S.A.: CUMMINS DE LOS ANDES S.A.; INGENERGIA COLOMBIA S.A.; PROLUB LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES S.A.; LAP TECHNOLOGIES S.A. y GAF INTERNACIONAL S.A.
Artículo 6. Forma y mecanismos para otorgar la autorización. La autorización puede constar en un documento físico, electrónico, en un archivo de audio o en cualquier otro formato que permita garantizar su posterior consulta. El contenido de la autorización otorgada para la recolección y tratamiento del dato será emitido por EQUITEL S.A. y será puesta a disposición del Titular previo al Tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo que establece la Ley 1581 de 2012 y 1266 de 2008.
Con el procedimiento de autorización consentida se garantiza que se ha puesto en conocimiento del titular de los datos personales, tanto el hecho de que su información personal será recogida y utilizada para fines determinados y conocidos, como que tiene la opción de conocer cualquier alteración a los mismos y el uso específico que de ellos se ha dado. Lo anterior con el fin de que el Titular tome decisiones informadas con relación a sus datos personales y tenga control sobre el uso que se hace de su información personal.
La autorización que en todo caso solicitará EQUITEL S.A. es una declaración que lo informa sobre:
- Quién recopila el dato;
- Qué datos recopila;
- Para qué recoge los datos;
- Cómo ejercer derechos de acceso, corrección, actualización o supresión de los datos personales suministrados;
- Si se recopilan datos sensibles, y la posibilidad de no darlos a conocer.
Artículo 7. Requisitos especiales para el tratamiento de datos de menores de edad. La ley describe los datos de los menores de edad como una categoría especial, por ello, son merecedores de una protección reforzada que le asegura el respeto de sus derechos fundamentales. Así que, para el tratamiento de sus datos, sus representantes legales podrán dar la autorización previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado.
Lo anterior está regulado en el artículo 7º de la Ley 1581 de 2012, En el Tratamiento se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los niños, niñas y adolescentes. Queda proscrito el Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública. Es tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer información y capacitar a los representantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes respecto del Tratamiento indebido de sus datos personales, y proveer de conocimiento acerca del uso responsable y seguro por parte de niños, niñas y adolescentes de sus datos personales, su derecho a la privacidad y protección de su información personal y la de los demás.
Artículo 8. Prueba de la autorización. EQUITEL S.A. adoptará medidas técnicas, humanas y administrativas tendientes a proteger los datos recolectados y mantener registros de cuándo y cómo obtuvo autorización por parte de los titulares de datos personales para el tratamiento de los mismos.
Artículo 9. Aviso de privacidad. El aviso de privacidad definido en el literal h del capitulo I este manual, será puesto a disposición del titular de la información por EQUITEL S.A. y como mínimo contendrá: (i) La plena identificación del responsable del tratamiento de los datos personales; (ii) El tipo de tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo y, (iii) Los mecanismos generales que ha dispuesto EQUITEL S.A. para que el titular de la información acceda, conozca, rectifique y consulte la política de tratamiento de la información adoptada por EQUITEL S.A.
El Anexo 2 de este documento contiene el formato de AVISO DE PRIVACIDAD que EQUITEL S.A. ha definido para el efecto.
EQUITEL S.A. conservará el modelo del aviso de privacidad que se transmitió a los titulares mientras se lleve a cabo tratamiento de datos personales y perduren las obligaciones que de éste deriven. Para el almacenamiento del modelo, EQUITEL S.A. podrá emplear medios informáticos, electrónicos o cualquier otra tecnología.
CAPITULO III. – DERECHOS Y DEBERES
Artículo 10. Derechos de los Titulares de la Información. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, el titular de datos personales tiene los siguientes derechos:
- Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a EQUITEL S.A., en su condición de Responsable y Encargado del Tratamiento;;
- Solicitar prueba de la autorización otorgada a EQUITEL S.A., en su condición de Responsable y Encargado del Tratamiento;;
- Ser informado por EQUITEL S.A., previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales;;
- Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante El Responsable del Tratamiento;;
- Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales;;
- Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.
Artículo 11. Deberes en Relación con el tratamiento de los datos personales. EQUITEL S.A. tendrá presente, en todo momento, que los datos personales son propiedad de las personas naturales a las que se refieren y que sólo ellas pueden decidir sobre los mismos. En este sentido, hará uso de ellos sólo para aquellas finalidades para las que se encuentra facultado debidamente en la autorización obtenida al momento de recabar el dato, y respetando en todo momento los mandatos de la Constitución, la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales, el Decreto 1377 de 2013 que la reglamenta; y las Ley 1266 de 2008
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1581 de 2012, EQUITEL S.A. se compromete a cumplir en forma permanente con los siguientes deberes en lo relacionado con en el tratamiento de datos personales:
- Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de habeas data;
- Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
- Realizar oportunamente, esto es, en los términos previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012, la actualización, rectificación o supresión de los datos
- Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012
- Insertar en la base de datos la leyenda «información en discusión judicial» una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad o detalles del dato personal
- Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio
- Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella;
- Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares
- Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio
CAPITULO IV. – PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, CONSULTA Y RECLAMACIÓN
La Ley 1581 de 2012 confiere a todas las personas naturales unos derechos y garantías que buscan dotarlos de herramientas para proteger sus datos personales y el uso que se les da a estos. Todo derecho que pretenda ser efectivo debe contar con un mecanismo conocido y eficiente mediante el cual se pueda hacer valer.
A continuación, EQUITEL S.A. le presenta los derechos que puede hacer valer ante nosotros, en su condición de titular de la información, y los mecanismos que tenemos a su disposición para ello.
Artículo 12. Derecho de Acceso. El poder de disposición o decisión que tiene el Titular sobre la información de la que es titular implica el derecho de acceder y conocer si su información personal está siendo objeto de Tratamiento, así como su alcance. EQUITEL S.A. garantiza al Titular su derecho de acceso de la siguiente forma:
- El titular de la información podrá conocer, si lo solicita, si efectivamente su(s) dato(s) está(n) siendo tratado(s) por EQUITEL S.A.
- El Titular podrá tener acceso a sus datos personales que estén en posesión del responsable.
- EQUITEL S.A. informará al Titular, en el momento de obtener su información, sobre el tipo de datos personales tratados y todas y cada una de las finalidades que justifican el Tratamiento
PARÁGRAFO: EQUITEL S.A. garantizará el derecho de acceso, previa acreditación de la identidad del Titular o personalidad de su representante, poniendo a disposición de este, de manera gratuita, el detalle de sus datos personales a través de medios físicos o electrónicos que permitan el acceso directo del Titular a ellos, de forma que el Titular pueda hacer efectivo su derecho de rectificar, corregir o solicitar la supresión de todos sus datos o de parte de estos.
Artículo 13. Consultas. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012, los titulares o sus causahabientes podrán consultar la información personal del Titular que repose en cualquier base de datos. En consecuencia, EQUITEL S.A. garantizará el derecho de consulta, suministrando a estos toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
Para la atención de solicitudes de consulta de datos personales EQUITEL S.A. garantiza:
Tener habilitada su línea de atención al consumidor 018000117676, así como la cuenta de correo electrónico notificaciones-adm@equitel.com.co y otros que considere pertinentes en su momento y que serán efectivamente anunciados mediante modificaciones a su Aviso de Privacidad.
En cualquier caso, independientemente del mecanismo implementado para la atención de solicitudes de consulta, estas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
Artículo 14. Reclamos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012, el Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante el Responsable del Tratamiento, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
- El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida al Responsable del Tratamiento o al Encargado del Tratamiento, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y con inclusión de los documentos que soporten la reclamación. Si el recamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. En caso de que EQUITEL S.A. no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
- Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en un término no mayor a dos (2) días hábiles, en la base de datos, una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido
- El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término, se informarán al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Artículo 15. Supresión de datos. El Titular tiene el derecho, en todo momento, de solicitar a INGENERGÌA S.A. la eliminación de sus datos personales cuando:
- Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012 y la Ley 1266 de 2008.
- Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados.
- Se haya superado el periodo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recabados.
- Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el Titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por EQUITEL S.A. Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio del mismo en los siguientes casos:
- La solicitud de supresión de la información no procederá cuando el Titular tenga el deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
- No sea posible efectuar la eliminación del dato por la orden de autoridad judicial o administrativa con competencia en el Territorio Nacional.
- Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del Titular, o para garantizar el cumplimiento de una obligación legalmente adquirida por el Titular.
Artículo 16. Implementación de procedimientos para garantizar el derecho a presentar consultas y reclamos. En cualquier momento y de manera gratuita el Titular o su representante podrán solicitar a EQUITEL S.A. información sobre el uso de sus datos personales, la rectificación, actualización o supresión de estos, previa acreditación de su identidad.
Los derechos aquí mencionados únicamente se podrán ejercer por: (i) El Titular o sus causahabientes, previa acreditación de su identidad. (ii) Su representante, previa acreditación de la representación.
Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del Titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquel, con el fin de proteger los datos de las personas, EQUITEL S.A. tomará el reclamo por no presentado.
Toda solicitud debe ser presentada a través de los medios habilitados por EQUITEL S.A., señalados en el Aviso de Privacidad, y contener, como mínimo, la siguiente información:
- El nombre y domicilio del Titular, o cualquier otro medio, como un correo electrónico, que permita comunicarle la respuesta.
- Los documentos que acrediten la identidad o la personalidad de su representante.
- La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el Titular pretende ejercer sus derechos.
EQUITEL S.A. garantiza que los medios puestos a disposición de los titulares de la información permitan dar una respuesta en los términos establecidos por la Ley 1581 de 2012.
Cada vez que EQUITEL S.A. ponga a disposición una herramienta nueva para facilitar el ejercicio de sus derechos por parte de los titulares de información o modifique las existentes, lo informará a través de su página web y en su Aviso de Privacidad.
Artículo 17. Revocatoria de la autorización. Los titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal. El titular de la información deberá solicitar claramente si la revocación de su autorización versa sobre la totalidad de las finalidades consentidas inicialmente, esto es, que EQUITEL S.A. deba dejar de tratar por completo los datos del Titular, o si la revocación de su consentimiento recae sobre tipos de tratamiento determinados, como por ejemplo para fines publicitarios o de estudios de mercado. Con la segunda modalidad, esto es, la revocación parcial del consentimiento, se mantienen a salvo otros fines del tratamiento que el Responsable, de conformidad con la autorización otorgada, puede llevar a cabo y con los que el Titular está de acuerdo.
En vista de lo anterior, será necesario que el Titular, al momento de elevar la solicitud de revocatoria de consentimiento a EQUITEL S.A., indique en esta si la revocación que pretende realizar es total o parcial. En el segundo caso, se deberá indicar con cuál tratamiento no está conforme el Titular.
CAPITULO V – SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Artículo18. Medidas de seguridad. En desarrollo del principio de seguridad establecido en la Ley 1581 de 2012, EQUITEL S.A. adoptará las medidas técnicas, de su recurso humano y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los datos evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Artículo 19. Implementación de las medidas de seguridad. EQUITEL S.A. mantendrá protocolos de seguridad de obligatorio cumplimiento para sus colaboradores con acceso a los datos de carácter personal y a los sistemas de información. El procedimiento deberá considerar, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Especificación detallada de las bases de datos a las que aplica.
- Medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares encaminados a garantizar el nivel de seguridad exigido en la Ley 1581 de 2012.
- Funciones y obligaciones del personal.
- Estructura de las bases de datos de carácter personal y descripción de los sistemas de información que los tratan.
- Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias.
- Procedimientos que garanticen la conservación de las autorizaciones extendidas por los titulares de la información.
- Controles periódicos que se deban realizar para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el procedimiento de seguridad que se implemente.
- Medidas a adoptar cuando un soporte o documento vaya a ser transportado, desechado o reutilizado.
- El procedimiento deberá mantenerse actualizado en todo momento y deberá ser revisado siempre que se produzcan cambios relevantes en el sistema de información o en la organización del mismo.
- El contenido del procedimiento deberá adecuarse en todo momento a las disposiciones vigentes en materia de seguridad de los datos personales.
CAPITULO VI – DISPOSICIONES FINALES
Artículo 20. EQUITEL S.A. designa como responsable de dar trámite a las peticiones, consultas y reclamos de los titulares de la información, de las BASES DE DATOS DE INGENERGIA COLOMBIA S.A., a OSCAR MAURICIO SÁNCHEZ OSSA de la ORGANIZACIÓN EQUITEL S.A., correo electrónico notificaciones-adm@equitel.com.co a quien se deberán dirigir todas las solicitudes cuando y quienes en todo caso se encargarán de la obtención de la información y la gestión necesaria al interior de EQUITEL S.A., para dar respuesta a los Titulares que así lo soliciten.
Artículo 21. Legislación aplicable. Este documento fue elaborado de conformidad con los mandatos de la Constitución Política de Colombia (arts. 15 y 20), la Ley 1581 de 2012 «por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales» y el Decreto 1377 de 2013 «por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012»; y la Ley 1266 de 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”.
Artículo 22. Vigencia. El presente documento rige a partir de 1º octubre de 2022.